martes, 3 de enero de 2012

Toluca, gobierno municipal transparente

Agencia MANL

Toluca, Méx.-El acceso a la información pública es hoy un derecho fundamental que permite a las personas conocer los documentos que dan forma al quehacer gubernamental en todos sus niveles; por ello y con el propósito de favorecer la rendición de cuentas, el Ayuntamiento de Toluca ha recibido y atendido durante este año 597 solicitudes de información.

A través de la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación (UIPPE) del gobierno municipal, se aplican los principios de simplificación y rapidez, para dar respuesta pronta, clara y oportuna al total de las solicitudes presentadas por la ciudadanía.

De todas ellas, 585 solicitudes han sido de información pública donde los temas principales han sido los salarios de funcionarios, copias digitalizadas de manuales de organización y procedimientos de diversas áreas, partidas presupuestales en distintos rubros y --las menos-- de acceso a datos personales.

El ciudadano que desee solicitar información puede hacerlo mediante por escrito, en cualquier hoja de papel, a mano, en máquina de escribir o computadora, dirigido a la Unidad de Información, ubicada en la Plaza Fray Andrés de Castro, edificio B planta baja, donde debe incluir una descripción clara y precisa de la información solicitada y la forma en que desea recibir la respuesta.

Otra forma de hacerlo es la vía electrónica, a través del Sistema de Control de Solicitudes de Información del Estado de México (SICOSIEM), en la dirección www.sicosiem.org.mx, donde sólo tiene que acceder a la página y seguir los pasos ahí descritos.

Una vez presentada la solicitud, el servidor público obligado a proporcionar la información, cuenta con un plazo de 15 días hábiles para responder. Este plazo podrá prolongarse hasta por otros siete días si existieran razones para ello, lo cual se notifica al solicitante dentro del plazo antes mencionado, explicándole las causas de la ampliación del término de respuesta.

El procedimiento se tendrá por concluido cuando la Unidad de Información entregue al particular lo solicitado vía electrónica, en copias simples o certificadas, en disco compacto o cualquier otro medio magnético, o cuando se permita el acceso a la información en el lugar en que ésta se encuentre.

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